La Direccion de Deportes de Cultura del Gobierno Vasco nos informa de nuevos cambios en la movilidad que afecta al deporte federado.
La incidencia de la tasa de 400/100000 habitantes en los municipios y territorios historicos marca la movilidad de las personas federadas.
Si el municipio y el territorio de origen y de destino tiene una tasa inferior a 400/100000 habitantes se puede ir a entrenar a otro termino municipal distinto al de residencia y dentro de la comunidad autonoma.
Se hace la excepcion de la movilidad con los deportistas inmersos en competiciones oficiales.
Si el municipio de origen y/o destino tienen una tasa de incidencia acumulada igual o superior a 400/100000 habitantes los deportistas federados podran realizar los entrenamientos o competiciones en otro termino municipal distinto al de residencia y dentro de la comunidad autonoma siempre que esten inmersos participen o vayan a participar en competiciones aprobadas en el calendario oficial de la federacion correspondiente.
En los territorios historicos con una tasa igual o superior a 400/100000 se determina la restriccion de entrada y salida de personas del mismo salvo deportistas federadas que esten inmersos participen o vayan a participar en competiciones aprobadas en el calendario oficial de la federacion correspondiente.